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Políticas y Condiciones de Contratación

 

CONTRATO  DE  MEDIACION  PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS TURISTICOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (P.A.S. TOUR AND TRAVEL) REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR  _PORFIRIO GASPAR ESTEBAN   A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE DOCUMENTO SE LE DENOMINARA “LA AGENCIA” Y POR LA OTRA EL C.____________________________________________________________ QUIEN COMPARECE POR SÍ, EN NOMBRE PROPIO Y COMO PERSONA _______________________________A QUIEN EN  LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARA “EL CLIENTE”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTE DECLARACIONES  Y CLAUSULAS:

 

 

 

D E C L A R A C I O N E S

                                                 

1.-Declara  LA AGENCIA, ser una sociedad mercantil debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas.

 

2.- Declara LA AGENCIA  que cuenta con autorización de la Secretaria de Turismo para prestar servicio de AGENCIA DE VIAJES, según consta  en la cédula turística (4002664), así mismo se encuentra registrada ante las autoridades Hacendarias con el Registro Federal de Contribuyentes número (GAEP6809153B9).

 

3.-Declara LA AGENCIA  que su domicilio se encuentra ubicado en (DIRECCION FISCAL).

 

4.- LA AGENCIA  declara que no le ha sido revocada ni limitada la personalidad jurídica que ostenta su Representante Legal,  misma que acredita con el Instrumento Público _______________________________________________________________.

 

5.-Declara LA AGENCIA  que su objeto social consiste en: elaborar; organizar y llevar a cabo proyectos; planes e itinerarios turísticos; a reservar espacios en los medios de transportes y en hoteles; expidiendo en delegación de transportistas y hoteleros y a favor de los clientes los boletos o cupones correspondientes; actuando únicamente como intermediaria entre el, EL CLIENTE  y las personas físicas o morales proporcionadoras de dichos servicios, y que para tal efecto cuentan con la capacidad técnica y administrativa, así como con los elementos materiales y humanos necesarios  para contratar por cuenta de EL CLIENTE  y a petición de él el servicio al que se refiere este contrato.

 

6.-Declara EL CLIENTE que tiene capacidad legal suficiente para contratar así como interés en adquirir los servicios que se especifican en este contrato, y que para ello recurre a  LA AGENCIA  con el fin de que los adquiera por cuenta de él, a efecto de que LA AGENCIA funja como intermediaria entre él y los prestadores directos de dicho servicio.

 

7.-Continua declarando EL CLIENTE ser una persona (física o moral)______________ y que tiene su domicilio en la calle__________No. __ Colonia_________________Delegación o Municipio_______________________C.P.________En______________________________.

 

8.-Declaran ambas partes que es su voluntad celebrar el presente contrato, y sujetarlo al tenor de las siguientes:

 

 

 

C L A U S U L A S

 

PRIMERA.- LA AGENCIA  se obliga a entregar a EL CLIENTE una copia del presente contrato de adhesión al momento de la contratación respectiva.

 

SEGUNDA.- LA AGENCIA se compromete y obliga a solicitar los servicios que se especifican al anverso de este contrato y de acuerdo a la disponibilidad de los mismos a contratarlos por cuenta de EL CLIENTE, fungiendo como intermediario entre éste y las personas encargadas de proporcionarlos directamente como transportistas aéreos, terrestres, marítimos, hoteles, cruceros, restaurantes, arrendadoras de automóviles, guías de turistas etc. El precio del servicio, será el que se especifica al anverso de este contrato.

 

TERCERA.- EL CLIENTE  acepta que la intervención de LA AGENCIA sea única y exclusivamente con carácter de intermediaria entre los prestadores directos de los servicios solicitados y señalados al anverso de este contrato.

 

CUARTA.- En mérito de lo anterior, ambas partes convienen en que si por causas ajenas a LA AGENCIA, de fuerza  mayor o casos fortuitos como lo son: huelgas, atrasos (que no le sean imputables a LA AGENCIA), terremotos, conflictos bélicos, etc. los servicios contratados no pudieran ser proporcionados parcial o totalmente, LA AGENCIA  solo gestionará por cuenta de EL CLIENTE el reembolso del importe que proceda, quedando relevada de cualquier responsabilidad o compromiso mayor.

QUINTA.- EL CLIENTE reconoce y acepta su total obligación y responsabilidad de proporcionar datos veraces y correctos sobre las edades, sexo, nombres o apellidos de los usuarios-turistas, así como de los datos e información completa para la formación del

itinerario y la reservación de servicios terrestres y marítimos (hoteles, visitas, autos de alquiler, restaurantes, cruceros, etc.) relevando a LA AGENCIA de cualquier responsabilidad por cambios de itinerario generados por datos mal proporcionados a LA AGENCIA, o por cualquier error en datos proporcionados por EL CLIENTE para la emisión o compra de boletos aéreos como puede ser el caso de edades, sexo nombres, apellidos, fechas, rutas, líneas aéreas, horarios, clases, categorías, etc. apegándose en su caso a las cláusulas de cancelación para servicios aéreos, terrestres, marítimos o de cruceros expresadas en este contrato.

 

SEXTA.- Ambas partes convienen en que  LA AGENCIA  queda relevada de responsabilidades por daños, heridas, accidentes, retrasos o irregularidades que sobrevengan por causas de fuerza mayor o caso fortuito que durante la ejecución de los servicios pudiera ocurrirle a EL CLIENTE por no ser la persona directamente encargada de prestar los servicios correspondientes y por ser solo intermediarias entre estas y EL CLIENTE.

 

SEPTIMA.- EL CLIENTE se compromete a apegarse y a respetar los reglamentos y condiciones de servicio establecidas por cada uno de los prestadores de servicios contratados por intermediación de LA AGENCIA, por lo que LA AGENCIA debe hacer del conocimiento de EL CLIENTE las que sean más importantes y en consecuencia declina cualquier responsabilidad que pudiera derivar por su incumplimiento. Así mismo, EL CLIENTE deberá por medio propios proveerse de los pasaportes o documentos de migración requeridos por las autoridades de los Estados Unidos Mexicanos, y de los países de destino o de tránsito, tales como visas, permisos sanitarios, etc. en los casos de viajes internacionales y se compromete a presentarse en los aeropuertos y documentarse ante las aerolíneas con dos horas de anticipación en los casos de vuelos internacionales y con una hora y treinta minutos de anticipación en los vuelos nacionales, salvo la instrucción expresa y por escrito que reciba de LA AGENCIA.

 

OCTAVA.- Cuando se trate de excursiones o paquetes en el extranjero, se deberán presentar los precios en moneda extranjera y en pesos mexicanos, señalando el tipo de cambio en que están calculados estos últimos, haciendo mención de que el precio de venta será el resultado de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional, al tipo de cambio que fije el Banco de México al momento en que se efectúe el pago; sirviendo este tipo de cambio para todos los efectos consiguientes, incluyendo reembolsos, conforme lo dispone el Artículo 8º de la Ley monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

 

NOVENA.- LA AGENCIA  se reserva el derecho de modificar el orden de los servicios indicados en el presente contrato, para un mejor desarrollo de los mismos o por las causas que así lo justifican, siempre y cuando respete la cantidad y calidad de los servicios contratados, siempre con la anuencia de El CLIENTE, sea cual fuese la causa misma que deberá ser comprobada.

 

DECIMA.-  Cuando LA AGENCIA cancele un viaje o excursión de cualquier naturaleza por causas imputables a ella y ajenas a EL CLIENTE, estará obligada a reembolsarle la totalidad de los anticipos o pagos que aquél haya efectuado más la pena correspondiente según sea el caso, lo anterior de conformidad a la Cláusula Décima Segunda y Vigésima del presente contrato. Si la responsabilidad o causa de la cancelación recae en los prestadores directos de los servicios, LA AGENCIA  deberá auxiliar al EL CLIENTE a obtener sus traslado de regreso y coadyuvar para reclamar al prestador directo del servicio, los reembolsos y las indemnizaciones que correspondan conforme a la ley, mediando únicamente en la tramitación de tales reembolsos e indemnizaciones. En el caso de que el prestador final de los servicios demuestre la responsabilidad de  LA AGENCIA, ésta debe realizar los pagos al usuario-turista que correspondan conforme a la ley. LA AGENCIA  queda obligada a demostrar que se remitieron los fondos correspondientes y EL CLIENTE queda obligado a demostrar que se entregaron a LA AGENCIA.

 

DECIMA PRIMERA.- Ambas partes convienen en que el pago de anticipos o liquidación del importe de los servicios objeto de este contrato por parte de EL CLIENTE, así como el uso del contrato mismo, cupones, boletos, cortesías, o cualquier otro documento expedido en su favor con motivo del mismo, implica de su parte la aceptación total del contrato, así como de las condiciones generales de contratación del presente contrato.

 

DECIMA SEGUNDA.- Será causa de rescisión del presente contrato el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones plasmadas en el presente contrato por cualquiera de las partes, por lo que, la parte que incumpla se hará acreedora al pago del 03% (tres por ciento) del costo total del servicio a la otra parte por concepto de pena convencional. En caso de incumplimiento por parte de LA AGENCIA, independientemente de lo anterior, deberá cubrir lo establecido en la cláusula Décima del presente contrato.

 

DECIMA TERCERA.-LA AGENCIA se reserva el derecho de contratar por cuenta de EL CLIENTE, los servicios a que se refiere este contrato precisamente en la calidades y/o categorías contratadas, en cuanto a transportistas, hoteles y arrendadoras de autos se refiere, independientemente del prestador último de los servicios, salvo que expresamente se convenga que estos serán prestados invariablemente por un proveedor determinado. En caso de modificación del prestador directo del servicio, este será proporcionado por otro de calidad equivalente, si EL CLIENTE hace uso del servicio, se entenderá que consintió dicha modificación y no procederá reclamación, compensación o reembolso alguno.

 

DECIMA CUARTA.- LA AGENCIA  solicitará para el caso de servicios aéreos y terrestres con destino internacional con un mínimo de 16 días antes de la fecha de salida, un anticipo en USD Dólares Americanos mediante depósito bancario comprobable, cargo a tarjeta de crédito, por pasajero del importe total del viaje para cada uno de los destinos como se indican: USD $ (    ) Servicios a EUROPA; 

USD ($    ) Servicios a MEDIO ORIENTE; USD ($      ) Servicios a ASIA y AFRICA; USD ($     ) Servicios a AUSTRALIA, NUEVA ZELANDA Y EL PACIFICO EN GENERAL; USD ($    )  Servicios a CANADA, SUDAMERICA O EL CARIBE; USD($    ) Servicios a

CENTROAMERICA Y ESTADOS UNIDOS; o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio vigente en el día y lugar de pago de acuerdo a la Cláusula Octava. Para el caso de servicios con destino nacional, LA AGENCIA solicitará un anticipo del 50% del costo total del servicio en Moneda Nacional mediante depósito bancario comprobable, cargo a tarjeta de crédito , si el cliente solicitara los servicios con un mínimo de 16 días antes de la fecha de salida. Todo lo anterior con el fin de solicitar y tramitar formalmente tanto para los destinos nacionales como internacionales, los servicios de EL CLIENTE no considerándose plaza alguna o servicio alguno comprometido en firme mientras no efectúe LA AGENCIA la confirmación por escrito de lo servicios solicitados. La suma restante, cumpliendo el pago total de los servicios contratados, deberá cubrirse al menos quince días antes de la fecha de salida, de no ser así la reservación será considerada como

 

Cancelada por EL CLIENTE aplicándose en tal situación los cargos por cancelación señalados en las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Vigésima Segunda de este contrato.

 

 

DECIMA QUINTA.- Si la reservación, para el caso de servicios aéreos y terrestres, es solicitada por EL CLIENTE dentro de los 15 días inmediatos a la fecha de salida, EL CLIENTE deberá realizar un pago único por la totalidad del costo de los servicios contratados, tanto nacionales como internacionales, debiendo cubrirse a las 24 horas inmediatas de la confirmación de los servicios, de no ser así la reservación será considerada como cancelada por EL CLIENTE aplicándose en tal situación los cargos por cancelación señalados en las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Vigésima Segunda de este contrato.

 

DECIMA SEXTA.- En el caso concreto de servicios contratados con empresas marítimas, navieras o de crucero, se requiere de un anticipo de USD 300 Dólares Americanos por pasajero si EL CLIENTE solicitara los servicios con un mínimo de 18 días antes de la fecha de salida, lo anterior con el fin de solicitar y tramitar formalmente los servicios marítimos, navieros o de crucero de EL CLIENTE no considerándose plaza alguna o servicio alguno comprometido en firme mientras no efectúe LA AGENCIA la confirmación por escrito de lo servicios solicitados. La suma restante, cumpliendo el pago total de los servicios contratados, deberá cubrirse al menos 17 días antes de la fecha de salida, de no ser así la reservación será considerada como cancelada por EL CLIENTE aplicándose en tal situación los cargos por cancelación señalados en las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Vigésima Segunda de este contrato.

 

DECIMA SEPTIMA.- Si la reservación, para el caso de servicios contratados con empresas marítimas, navieras o de crucero, es solicitada por EL CLIENTE dentro de los 17 días inmediatos a la fecha de salida, EL CLIENTE deberá realizar un pago único por la totalidad del costo de los servicios contratados, debiendo cubrirse a las 24 horas inmediatas de la confirmación de los servicios, de no ser así la reservación será considerada como cancelada por EL CLIENTE aplicándose en tal situación los cargos por cancelación señalados en las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Vigésima Segunda de este contrato.

 

DECIMA OCTAVA.- En caso de no cumplirse los tiempos de pago establecidos para anticipos o liquidación total de los servicios contratados, LA AGENCIA procederá a cancelar las reservaciones quedando excluida de toda responsabilidad debido a la falta de pago oportuna por parte de EL CLIENTE.

 

DECIMA NOVENA.- Una vez que LA AGENCIA recibe por parte de EL CLIENTE el o los importes equivalente al costo de los servicios aéreos, LA AGENCIA cuenta con la autorización inmediata de EL CLIENTE para emitir, expedir o adquirir los boletos aéreos a su nombre, apegándose y aceptando las políticas de cancelación, emisión y venta de boletos de las compañías aéreas nacionales e internacionales, las políticas de expedición, emisión y venta de boletos aéreos de IATA International y a las cláusulas Vigésima Segunda y Vigésima Tercera expresadas en este contrato para el caso de los servicios aéreos.

 

VIGESIMA.- En el caso concreto de excursiones o servicios terrestres, tanto nacionales como internacionales, EL CLIENTE podrá solicitar la cancelación de sus servicios haciéndolo saber única y estrictamente por escrito a LA AGENCIA misma que dará contestación en un lapso no mayor a 72 horas de su recepción comprobable y a falta de respuesta se entenderá que la cancelación ha sido aceptada por LA AGENCIA admitiendo EL CLIENTE los cargos de cancelación establecidos a continuación:

a)        Si se efectúa hasta con un mínimo de 31 días antes de la fecha de salida, NO aplica cargos de cancelación.

b)        Si se efectúa de 30 a 25 días antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación del 10% del costo total del servicio.

c)        Si se efectúa de 24 a 20 días antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación del 15% del costo total del servicio.

d)        Si se efectúa de 19 a 15 días antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación del  25% del costo total del servicio.

e)        Si se efectúa de 14 a 10 días antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación del  50% del costo total del servicio.

f)         Si se efectúa con menos de 10 días antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación del 100% del costo total del servicio.

 

VIGESIMA PRIMERA.-  En el caso concreto de los servicios contratados con empresas marítimas, navieras o de cruceros, tanto nacionales como extranjeras, EL CLIENTE podrá solicitar la cancelación de sus servicios haciéndolo saber única y estrictamente por escrito a LA AGENCIA misma que dará contestación en un lapso no mayor a 72 horas de su recepción comprobable y a falta de respuesta se entenderá que la cancelación ha sido aceptada por LA AGENCIA admitiendo EL CLIENTE los cargos de cancelación establecidos a continuación:

a)        Si se efectúa hasta con 17 días antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación del 100% del costo total del servicio.

b)        Si se efectúa de 18 a 47 días antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación del  50% del costo total del servicio.

 

c)        Si se efectúa con un mínimo de 48 días antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación equivalente al total de los depósitos realizados como anticipo para realizar la reservación del servicio.

 

VIGESIMA SEGUNDA.-  En el caso concreto de los servicios contratados con empresas aéreas, tanto nacionales como extranjeras, la política de cancelación opera de la siguiente manera:

a)        LA AGENCIA cuenta con la autorización del cliente para emitir, expedir, o adquirir los boletos aéreos de conformidad a la cláusula Décimo Novena de este instrumento.

b)        EL CLIENTE tiene conocimiento pleno y absoluto de que cualquier boleto aéreo ya expedido o emitido por LA AGENCIA o bien que ya haya sido adquirido por LA AGENCIA misma por intermediación de EL CLIENTE no es reembolsable en parte ni en la totalidad de su costo bajo ningún caso o circunstancia.

c)        Si la solicitud por parte de EL CLIENTE de la cancelación de las reservaciones aéreas se hicieren antes de la emisión, expedición o compra de los boletos aéreos, se aplicarán los cargos de cancelación expresados en la cláusula Vigésima de este instrumento.

 

VIGESIMA TERCERA.- Una vez expedido los boletos aéreos a favor de el usuario-turista o de EL CLIENTE, LA AGENCIA no se responsabiliza por ningún cambio de itinerario, o por cualquier cambio o error en datos proporcionados por EL CLIENTE para la emisión de boletos aéreos como puede ser el caso de nombres, apellidos, edades, sexo, fechas, rutas, líneas aéreas, clases, categorías, etc. ocurriendo lo mismo para el caso de las reservaciones terrestres y de servicios marítimos o de cruceros.

 

VIGESIMA CUARTA.- Todos los cargos de cancelación serán pagados por EL CLIENTE de conformidad con lo establecido en la Cláusula Octava del presente contrato y podrán ser aplicados directamente por LA AGENCIA al efectuar los reembolsos que así procedan.

 

VIGESIMA QUINTA.- En caso de que los gastos originados por reservaciones solicitadas a nombre de EL CLIENTE sean mayores al cargo por cancelación, la diferencia le será cobrada a EL CLIENTE por LA AGENCIA previa comprobación de los mismos gastos.

 

VIGESIMA SEXTA.- LA AGENCIA queda relevada de cualquier responsabilidad derivada de convenios adicionales que se hayan celebrado entre EL CLIENTE y los prestadores directos de los servicios, como son transportistas aéreos y terrestres, navieras, cruceros, hoteles, arrendadoras de autos, etc.

 

VIGESIMA SEPTIMA.-  Para el caso de que EL CLIENTE contrate los servicios de ( NOMBRE DEL AGENCIA QUE DALOS ERVICIOS). por cuenta de diversa agencia de viajes, fungiendo la agencia de viajes como intermediaria, ya sea en el interior de la República Mexicana o en el área Metropolitana de la Ciudad de México, la agencia intermediaria tiene la obligación de hacer saber y comunicar por escrito a sus pasajeros acerca de las condiciones de contratación y de todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente instrumento, del mismo modo, la agencia de viajes intermediaria debe hacerle saber a sus pasajeros o usuarios-turistas que ellos se adhieren y sujetan invariablemente a este mismo contrato de adhesión y a las políticas de reservación y cancelación de los prestadores finales de los servicios.

 

VIGESIMA OCTAVA.-  Para el caso de que EL CLIENTE contrate los servicios de (NOMBRE DELA AGENCIA DA LOS SERVICIOS) por cuenta de diversa agencia de viajes, fungiendo esta como intermediaria, ya sea en el interior de la República Mexicana o en el área Metropolitana de la Ciudad de México, (NOMBRE DE AGENCIA QUE DA LOS SERVICIOS). se deslinda de cualquier responsabilidad o problema generado por el incumplimiento de la intermediaria o agencia de viajes y en el mismo sentido por datos mal proporcionados por la intermediaria o agencia de viajes para la reservación de servicios terrestres, aéreos, marítimos, de navieras y cruceros, o bien, por la negligencia en que pudiera incurrir la agencia intermediaria al omitir información al usuario-turista sobre los procedimientos de contratación, pago y cancelación de los servicios que se adquieren.

 

VIGESIMA NOVENA.- Ambas partes convienen en que los cupones, boletos, cortesías o cualquier otro documento que se expida con motivo de éste contrato deberá contener un extracto del mismo en los aspectos relativos al servicio que se refiere el documento en cuestión.

 

TRIGESIMA.- La entrega de documentos (tickets, boletos, cupones, billetes, etc.) se efectuará, previa liquidación total de los servicios, dentro de las 48 horas previas a la salida del pasajero, usuario-turista o EL CLIENTE, en el domicilio de LA AGENCIA, o en su caso en el idéntico domicilio cuando la solicitud de reservación y pago total de los servicios coincidan con la fecha de salida.

 

TRIGESIMA PRIMERA Y ULTIMA.- Las partes contratantes manifiestan que conocen los alcances del presente contrato cuyas cláusulas son la expresión fiel de su voluntad y se someten para el caso de incumplimiento o interpretación a la competencia de la PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR en la vía administrativa, como instancia conciliatoria, para resolver las diferencias que pudieran suscitarse y en caso de subsistir las mismas, se someterán a la competencia las Leyes y Tribunales de la Ciudad de México, Distrito Federal, independientemente del fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ciudad de México, Distrito Federal, a _______ de _________________ del año _______.

 

 

 

 

POR   LA   AGENCIA                                                                                       POR   EL   CLIENTE

 

 

Información Importante para El Consumidor

 

De conformidad con lo establecido en los artículos 6 Constitucional, 1, fracción II y 24, fracción IV de la Ley Federal de Protección al Consumidor y 6 y 7, fracción XVII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la información estadística de quejas y procedimientos, así como aquélla contenida en el registro público de contratos de adhesión, es pública. La vigencia para los contratos de adhesión registrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor es permanente, según señala la misma autoridad

 

El contrato de adhesión de (P.A.S. TOUR AND TRAVEL). Es de carácter público y pude ser consultado en el buró comercial de PROFECO en la liga siguiente:  https://burocomercial.profeco.gob.mx

 

 

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